Los detalles de las ayudas al alquiler #Andalucía

La Consejería de Fomento y Vivienda ha publicado en Boja las dos nuevas órdenes de ayudas al alquiler de viviendas y la rehabilitación de edificios dotadas con 29,5 millones y destinadas a familias con ingresos limitados o en situación de especial vulnerabilidad.

De ese montante, 15 millones son para cubrir las subvenciones de alquiler y los 14,5 millones restantes para fomentar la adecuación de inmuebles, ha informado en un comunicado.

Los/as interesados/as en optar a estos incentivos, que se convocan en régimen de competencia competitiva, tendrán de plazo desde el 7 de julio, hasta el próximo 6 de agosto para presentar las solicitudes, que se seleccionarán según la mayor valoración obtenida en función de los criterios fijados previamente.

La ayuda podrá alcanzar hasta el 80% para las personas que acrediten estar en situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social.

Los solicitantes tendrán que ser los titulares del contrato y no superar unos ingresos calculados en función de los miembros de la unidad familiar, fruto de la suma de los ingresos de todos, referidos al ejercicio 2015.

Se tendrán en cuenta a todos los que compongan la unidad de convivencia del solicitante, entendiendo como tal el conjunto de personas que estén empadronadas en la vivienda para la que se pide la ayuda en el momento de presentación de la solicitud y no se podrá disponer de la titularidad ni un derecho de uso sobre alguna otra vivienda.

En cuanto a la rehabilitación de edificios, la dotación de 14,5 millones se orienta a obras de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad, así como de la accesibilidad de las zonas comunes.

Estos incentivos podrán alcanzar a más de 400 edificios, compuestos por más de 6.500 viviendas, y establecen como beneficiarias las comunidades de propietarios de viviendas en las que, al menos, la mitad de los propietarios de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM.

La cuantía máxima de la subvención por edificio será el 35% del coste subvencionable de las actuaciones.

No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la misma, se podrá alcanzar el 50% del coste.

 

Fuente: ABC

 

Scroll al inicio