as subvenciones tendrán por objeto el desarrollo de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
Las actuaciones subvencionadas irán destinadas a cubrir las necesidades específicas dirigidas a la atención de las personas en situación o riesgo de pobreza y/o exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los siguientes ámbitos de actuación:
- Proyectos de inversión.
- Programas de interés social – Infancia, familias y jóvenes.
- Programas de interés social – Atención a la mujer.
- Programas de interés social – Personas mayores.
- Programas de interés social – Personas con discapacidad.
- Programas de interés social – Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
- Programas de interés social – Comunidad gitana.
- Programas de interés social – Urgencia e inclusión social.
- Programas de interés social – Lucha contra la intolerancia. Igualdad de trato y no discriminación. Garantía de los derechos, la no discriminación y la igualdad de trato de las personas LGTBI y sus familiares.
- Programas de interés social – Intervención del voluntariado.
Las actuaciones programadas deberán adecuarse a la planificación vigente dentro del marco de las políticas públicas de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
Personas beneficiarias:
Entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las federaciones, confederaciones o personas jurídicas similares, cuyo objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los mencionados ámbitos de actuación. Asimismo, las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.
Conceptos subvencionables:
Proyectos de inversión y programas de interés social dirigidos al desarrollo de actuaciones en los mencionados ámbitos, de conformidad con las actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la convocatoria.
Órgano competente para resolver: Persona titular de la Secretaría General de Servcios Sociales.
Consejería de Igualdad y Políticas Sociales